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Certificado de eficiencia energética al vender tu piso: qué necesitas y cuánto dura

Mesa de madera junto a una ventana con un certificado energético, llaves y un bolígrafo.

Cuando decides vender tu piso, hay un documento que aparece en casi todas las listas de papeles y que, sin embargo, muchos propietarios dejan para el final: el certificado de eficiencia energética. Sin él no puedes anunciar la vivienda con tranquilidad, y el comprador tiene derecho a recibirlo antes de firmar.

En este artículo te explicamos qué es, cuándo es obligatorio, quién debe encargarlo, cuánto tiempo sirve y qué conviene revisar antes de publicar el anuncio. Es una guía general: si tu piso tiene alguna particularidad, consulta con un técnico o con tu agencia.

Qué es y para qué sirve

El certificado es un informe técnico que mide la eficiencia energética de la vivienda, es decir, cuánta energía necesita para calefactarse, refrigerarse y funcionar. El resultado se traduce en una letra, de la A (la más eficiente) a la G (la menos eficiente), y esa letra se refleja en una etiqueta visual. Para el comprador es una referencia práctica: le permite anticipar cuánto le costará mantener el piso en invierno y en verano.

Conviene no confundirlo con una tasación. El certificado no dice cuánto vale tu piso; describe sus características energéticas. Por eso no sustituye a la valoración de precio de la que hablamos en otros artículos del blog.

Cuándo es obligatorio

Con carácter general, un piso ya construido que se vende a un nuevo propietario necesita certificado, salvo que ya tengas uno en vigor. La normativa estatal aplica este procedimiento a edificios existentes que cambian de titular, y la Comunidad de Madrid lo recuerda en sus guías. Hay excepciones, como los edificios protegidos por su valor histórico o arquitectónico, las construcciones provisionales de uso igual o inferior a dos años y, en determinados casos, las viviendas que se usan menos de cuatro meses al año, siempre que el propietario lo declare de forma responsable.

Además, la etiqueta no solo afecta a la firma. Debe incluirse en cualquier oferta o publicidad de venta, y quien publica el anuncio, ya sea una agencia, un portal o un particular, tiene que mostrar la calificación. Desde el nuevo real decreto de 2025, las empresas inmobiliarias también están obligadas a enseñar el certificado de los inmuebles que venden o alquilan. Si vendes sin certificado, puedes ser sancionado.

Quién lo encarga, quién paga y cómo se registra

La responsabilidad de pedir el certificado recae en el propietario, no en la agencia ni en el comprador. Lo debe realizar un técnico competente, es decir, un profesional con titulación habilitada para redactar proyectos de edificación, como arquitectos, aparejadores o ingenieros. Si hay varios propietarios, basta con que uno de ellos lo tramite, y en el caso de una sociedad debe figurar la persona que la representa legalmente.

Lo normal es que el propietario pague los honorarios del técnico, aunque nada impide llegar a un acuerdo con otra parte para asumirlos. Una vez emitido, el certificado se comunica de forma telemática al registro de la comunidad autónoma. En la Comunidad de Madrid, la etiqueta puede descargarse unos días hábiles después de esa comunicación, así que conviene encargar el certificado con margen antes de salir al mercado.

Cuánto dura y cuándo caduca

El certificado tiene una validez máxima de diez años. Si la vivienda tiene calificación G, el plazo baja a cinco años. En ambos casos, el propietario es quien debe renovarlo cuando caduca.

Veamos un ejemplo orientativo. Imagina un piso de 80 metros cuadrados en Madrid (dato supuesto) cuyo certificado se registró en marzo de 2016 con calificación D (también supuesta). Con la regla de los diez años, ese certificado ya no estaría en vigor en marzo de 2026. Si quieres anunciar el piso ahora, tendrías que encargar uno nuevo antes de publicar, y ese trámite puede retrasar la salida al mercado unas semanas. Revisar la fecha de registro es, por tanto, lo primero que conviene hacer.

Antes de publicar tu anuncio

  • Busca tu certificado. Revisa la escritura, los contratos de alquiler anteriores o pide una copia al registro. Si no lo encuentras, pregunta al técnico que hizo la última inspección.
  • Comprueba la fecha y la letra. Si ha caducado, o si la calificación no coincide con lo que anuncias, encarga uno nuevo.
  • Incluye la etiqueta en el anuncio. Debe ser la que corresponde al certificado registrado, no una estimación.
  • Prepara el expediente de la compraventa. Una copia registrada se incorpora al contrato de compraventa, y el original debe entregarse al comprador.

Cómo puede ayudarte Inmofam

En Inmofam revisamos contigo el estado del certificado de tu piso antes de fijar el precio y de preparar los anuncios, para que no tengas sorpresas cuando aparezca el primer comprador interesado. Si el documento ha caducado, podemos orientarte sobre a quién encargarlo y cómo coordinar los plazos con la salida al mercado. Y, como parte de la preparación de la venta, te acompañamos en la gestión de la documentación.

Nota: este artículo tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento profesional. La normativa puede cambiar; consulta siempre las fuentes oficiales.

Fuentes